Nuevas Cuotas Para Autónomos En 2023

Con la convalidación por el Congreso de los Diputados el pasado 25 de agosto, por lo que el nuevo sistema de cotización para los autónomos entrará en vigor en 2023, en función de sus ingresos reales, va a conllevar importantes cambios en la tarifa plana de autónomos. 
 
El objetivo de esta normativa según palabras del ministro Escrivá sobre la reforma de las cuotas de autónomos:
“[…] esta reforma va a dar mucha facilidad a los autónomos para que puedan adaptar sus cotizaciones en cada momento de su vida laboral. Además, es muy importante destacar que por lo que van a cotizar los autónomos es por sus rendimientos netos, es decir ingresos menos gastos deducibles. Y hemos trabajado mucho con los agentes sociales para definir con la máxima precisión cuáles van a ser esos gastos deducibles».
 
CALCULO DE CUOTAS A PARTIR DE 2023
 
Se realizará en varias fases: 
 
1 – Habrá que estimar tu rendimiento neto mensual a partir de enero de 2023 (*)
Ésta cifra será la que tendrás que estimar para poder elegir el tramo y la base de cotización mensual. Te paso la fórmula y su explicación. (*) Nuestros clientes cuentan con nuestra herramienta de cálculo que les permite calcular la media mensual de sus rendimientos netos, y conocer en qué tramo debería cotizar.
 
Fórmula= (⅀ previsión rdtos. sin cuotas SS – deducc. 7%) / 12
 
Primero debes sumar todos los ingresos anuales de todas tus actividades y restarle todos los gastos anuales de todas las actividades, según la Ley del IRPF, pero sin computar las cuotas de autónomo. A ese importe le restas el 7% y lo divides entre 12.
 
Pongamos un EJEMPLO
Total estimación ingresos anuales: 19.000 €
Total estimación gastos anuales sin cuotas de autónomo: 5.500 €
deducc. 7%: (19.000 € – 5.500 €) x 7% = 945 €
Rend. neto mensual estimado: [(19.000 € – 5.500 €) – 945 €]/12 = 1.046,25 €
 
2 – Con esa cifra tendrás que dirigirte a la tabla con los 15 tramos y ubicarte en uno de ellos.
La tabla de cotización se divide en los siguientes tramos para 2023, sobre los cuales deberás elegir el importe de Base de cotización entre la mínima y máxima. Ver Tabla al final del artículo. 
 Y a dicha base aplicarle el 30,6% y obtendrás la cuota mensual de seguridad social. 
 
Siguiendo con nuestro ejemplo anterior, nos situaríamos en el Tramo 3 con una base mínima de 898,69 euros nos correspondería una cuota de 275 €/mes de cuota. 
 
Por tanto en este tramo y teniendo en cuenta la base mínima actual de 294 €/mes obtendríamos un ahorro mensual de 19 euros y anual de 227 euros durante el año 2023. 
 
A partir de 2023 los autónomos podrán cambiar hasta 6 veces al año su cuota con la finalidad de adaptar sus cotizaciones y su cuota a la situación de su negocio. Así cuando arranquen podrán estar en tramos más bajos, y cuando la situación vaya mejorando, puedan cotizar más y tener derechos a mayores prestaciones. Pudiendo bajar nuevamente a tramos bajos en situaciones transitorias de dificultad.
 
¿Tengo obligación de cambiar la cuota si cambia mi previsión de ingresos y gastos?
Si tu previsión de ingresos y gastos varía, y por tanto, tu rendimiento neto, deberás cambiar tu base de cotización. Es decir, realizar un nuevo cálculo de la base y por consiguiente de la cuota. Teniendo hasta 6 cambios posibles durante el 2023. Las fechas en que puedes hacer los cambios son estas, en función de la fecha en la que se realiza la solicitud:
1. 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 28/29 de febrero.
2. 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
3. 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
4. 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
5. 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
6. 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.
 
¿Qué hacer si se ha pagado más cuota de la que se debería en base a la previsión de ingresos?
Una vez que realices la declaración de renta del año, es decir, cuando en 2024 hagas la renta de 2023, Hacienda comunicará a la Seguridad Social los rendimientos declarados y se determinará el tramo en el que debías haber cotizado.
 
Pueden ocurrir 2 cosas:
 
Que hayas pagado menos cuota de lo que te corresponde (infracotizado). En este caso tendrás que ingresar la diferencia entre ambos importes. Tendrás algo más de un mes para ingresar esa diferencia desde que recibas la notificación, desde que presentes la declaración de Renta del ejercicio 2023.
 
Que hayas pagado más cuota de lo que te corresponde (sobrecotizado). Aquí la Seguridad Social te devolverá de oficio la diferencia entre ambos importes, antes del 31 de mayo del ejercicio siguiente. Es decir, si hablamos de la renta de 2023 y la regularización de las cuotas de ese ejercicio, el plazo que tiene para devolver la diferencia sería hasta el 31 de mayo de 2025.
 
Por tanto viendo las fechas de ingreso y devolución, si resulta que te equivocas al alza, pueden pasar 2 años para que te devuelvan el exceso de cuota pagada. La mejor opción sería la primera, y la de regularizar después por la diferencia que corresponda. 
 
Novedades en la Tarifa Plana
La tarifa plana para autónomos consiste en empezar con un pago mensual de 60 euros a la Seguridad Social en lugar de los 294 euros que constituyen la cuota mensual mínima en 2022. Vamos a recordar qué requisitos debes cumplir para tener derecho a la tarifa plana actualmente: 
 
– Darte de alta por primera vez como autónomo.
– No haber estado de alta como autónomo en los últimos dos años (tres en caso de que anteriormente se haya disfrutado de bonificación).
– No ser autónomo colaborador (régimen especial para familiares de los autónomos).
 
Cuantía de la tarifa plana para autónomos en 2022
La cuantía de la tarifa plana varía a lo largo de los primeros meses de actividad, estableciéndose tres tramos de reducción sobre la base mínima de cotización y el tipo mínimo de cotización.
La solicitud de la tarifa plana debes realizarla en el momento de darte de alta en autónomos. Las cuantías de la tarifa plana para nuevos autónomos en 2022:
Tramo 1: primeros 12 meses: cuota de 60 euros (reducción del 80% sobre la cuota base).
Tramo 2: meses 13 a 18: cuota de 146,97 euros (reducción del 50%).
Tramo 3: meses 19 a 24: cuota de 205,76 euros (reducción del 30%).
Tramo 4: meses 25 a 36: cuota de 205,76 euros (reducción del 30%) para nuevos autónomos menores de 30 años y autónomas menores de 35 años.
Estas cantidades corresponden a los 293,94 euros mensuales que supone en 2022 la cuota de los autónomos que cotizan por la base mínima (960,60 euros).
La tarifa plana de 60 euros incluye contingencias comunes (28,3%) y contingencias profesionales (1,3%) en la cotización del nuevo autónomo, pero deja fuera el cese de actividad y la formación profesional.
En caso de querer optar a la prestación social por cese de actividad, el nuevo autónomo debería incluirla en su cotización viéndose obligado a pagar más allá de los 60 euros por esta contingencia que cotiza al 0,9%.
 
La tarifa plana para autónomos societarios en 2022
Hay que tener en cuenta que este tipo de autónomos cotiza por una base superior a la del resto de autónomos, en concreto de 1.234,86 euros mensuales de base mínima de cotización en el año 2022.
Esto implica que la cuota reducida para el autónomo societario está en torno a los 85 euros durante los primeros 12 meses (lo que equivale a la reducción del 80% sobre la cotización por contingencias comunes). 
 
Una vez pasado el primer año, podrán seguir disfrutando de las siguientes reducciones en sus cuotas:
Meses del 12 al 18: 50% de reducción.
Meses del 18 al 24: 30% de reducción.
Meses del 24 al 36: 30% de reducción, para autónomos menores de 30 años y autónomas menores de 35 años.
 
Reclamación con efectos retroactivos para autónomos societarios. 
Si te diste de alta de autónomo los últimos 4 años, según la instrucción de la Seguridad Social se reconoce el derecho a la tarifa plana lo hace con efectos retroactivos. Lo que quiere decir que puedes reclamar. Ahora bien, el derecho prescribe a los 4 años.
Para reclamar hay que presentar un escrito solicitando la devolución a la Tesorería General de la Seguridad Social. En caso desestimatorio se puede recurrir en recurso de alzada. 
 
Novedades en la Tarifa Plana para 2023 
Con las novedades introducidas, la tarifa plana pasará a 80 €/mes durante los 12 primeros meses de la actividad independientemente de los ingresos. 
Por tanto si cumples los requisitos pagarás, 80€/mes de cuota durante los primeros 12 meses de alta, mientras que con la tarifa plana actual pagas 60€/mes de cuota, por tanto un ahorro de 240 € entre las 2 opciones. 
 
En los siguientes 12 meses podrás seguir pagando los 80 €/mes de cuota mensual siempre que los ingresos netos se encuentren por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (14.000 € en 2022) Respecto al sistema anterior solo resulta ventajoso si crees que en el 2º año vas a tener un rendimiento neto anual inferior al SMI.
 
MUY IMPORTANTE
Para tener derecho a la reducción durante el 2º año (y pagar solo 80€/mes) es imprescindible que lo solicites antes del inicio del 2º año, acompañando una declaración donde reflejes que tu previsión de los rendimientos netos anuales serán inferiores al SMI.
 
Veamos un ejemplo: 
Pensemos en un electricista que se da de alta el 01/01/2023 y tiene derecho a la tarifa plana de 80€/mes de cuota de autónomo. Para poder seguir pagando esos 80€ durante 12 meses más, su rendimiento neto anual durante 2024 debe ser inferior a 14.000 € aprox. (considerando que en 2 años no cambien el SMI). 
Total ingresos 2024: 19.000 €
Total gastos 2024: 5.500 €
Total cuotas de autónomo: 80 x 12 = 960 €
deducc. 7%: (19.000 € – 5.500 €) x 7% = 945 €
Rend. neto 2024: (19.000 € – 5.500 €) + 960 – 945 € = 13.515 €
En este caso y con estas cifras, podrá seguir beneficiándose de la tarifa plana durante 12 meses más.
 
¿En qué situación te encuentras a fecha 31 de diciembre de 2022?
Autónomo que, a 31 de diciembre de 2022, está pagando la cuota mínima (294 €).
Nuestro consejo es que a partir del 1 de enero de 2023, realices tus cálculos, y estimes tu rendimiento neto mensual. Una vez lo conozcas, debes entrar en la plataforma Importass y realizar la elección de tramo y de base de cotización. 
Como sabes la cuota que te cobrarán el 31 de enero será la misma durante todo el año, a no ser que realices un cambio de los 6 que tienes disponible.
 
¿Y si no me acuerdo de realizar la comunicación?
En ese caso seguirás cotizando durante el año 2023 sobre la base de cotización por la que cotizaste en diciembre de 2022, actualizada según la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
 
Autónomo que, a 31 de diciembre de 2022, aún le quedan meses de tarifa plana.
Si eres nuevo autónomo y estás pagando las cuotas correspondientes a la tarifa plana en diciembre de 2022. Aquí se nos pueden plantear 2 situaciones:
 
Si en enero de 2023 te corresponde pagar una cuota de los 12 primeros meses desde el alta, te cobrarán 60 €/mes. Una vez que te corresponda pagar el mes 13 desde el alta, se te aplicarán las bonificaciones del 50% (del mes 13 al 18) y del 30% (del 19 al 24) sobre la base mínima- vigentes hasta el 31 de diciembre de 2022. A partir de 2023 la base mínima será la que apruebe la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
 
Si en enero de 2023 te corresponde pagar una cuota del mes 13 al 24 desde el alta, te cobrarán la cuota correspondiente a la base mínima con una bonificación del 50% (del mes 13 al 18) y del 30% (del mes 19 al 24). A partir de 2023 la base mínima será la que apruebe la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
Actualmente, los autónomos con tarifa plana que pagan cuotas entre los meses 13 al 18, están pagando 147 €, y los que pagan cuotas entre los meses 19 a 24, están pagando 205,80 €.
 
Comparativa frente al sistema actual: ¿bajan o suben las cotizaciones de los trabajadores autónomos?
El ahorro con el nuevo sistema respecto al sistema actualmente vigente se produce únicamente en los cuatro primeros tramos con rendimientos netos más bajos, por debajo de 1.300 euros anuales (es decir, hasta 670, entre 670 y 900, entre 900 y 1.166, y entre 1.166 y 1.300 euros mensuales), con cuotas entre 64 euros y 3 euros más baratas en 2023, el primer año de implementación del sistema. A partir del quinto tramo inclusive (a partir de entre 1.300 y 1.500 euros), los 11 siguientes tramos verán aumentadas las cuotas de cotización respecto a la situación vigente actualmente.
 
Según las estimaciones de la Seguridad Social, con el nuevo sistema de cotización, un 50% de los trabajadores autónomos tendrá la posibilidad de cotizar por una cuota inferior a la que venía cotizando hasta ahora.
 
 
 
 
 

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